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Transeúnte de Reingreso (TR-RI)

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La visa de Transeúnte Reingreso será otorgada por las Secciones Consulares de las Embajadas y Oficinas Consulares de la República a aquellas personas en condición de residente, que no hayan permanecido más de dos (2) años consecutivos en el exterior o no hayan adquirido residencia en otro país, siempre que la fecha de vencimiento de tal condición no hubiese excedido treinta (30) días continuos. También será otorgada a quienes se les haya vencido en el exterior la condición de transeúnte concedida por el anterior Ministerio del Interior y Justicia y que no se hubiesen ausentado del territorio venezolano por un período mayor de treinta días (30) días continuos. De no cumplirse los lapsos indicados o de presentarse otras circunstancias diferentes a las señaladas en los párrafos anteriores, el interesado tendrá que solicitar su reingreso directamente al Ministerio del Poder Popular de Relaciones Interiores, Justicia y Paz. La visa de Transeúnte Reingreso se otorgará por seis (6) meses, una sola entrada, y se le estampará el número de Cédula de Identidad que posea el titular en Venezuela. Se exceptúa el menor de edad no cedulado.

REQUISITOS:

  • • Llenar y presentar la planilla de solicitud de visa.
  • • Presentar Cedula de Identidad.
  • • El pasaporte debe tener por lo menos seis meses de vigencia.
  • • Dos fotos a color, recientes, fondo blanco y tamaño pasaporte (3×4 cms).
  • • Comprobación de que el solicitante no haya permanecido más de dos (2) años consecutivos en el exterior, siempre que la fecha de vencimiento de tal condición no hubiese excedido treinta (30) días continuos.
  • • No haber adquirido residencia en otro país.
  • • Pago de USD 60,00 Derechos Consulares, equivalente en yenes.
  • • Para la solicitud de visa de Transeúnte Reingreso será requisito obligatorio la presencia del solicitante.
  • •  Si usted es de nacionalidad estadounidense por favor tenga en cuenta que deberá iniciar sus trámites de solicitud de visa con un mes de antelación a la fecha del viaje, y deberá presentar debidamente completada la “ Planilla para ciudadanos Estadounidenses

Amigos de la Embajada

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