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Prórroga de Pasaportes

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PRORROGA DEL PASAPORTE BIOMETRICO Según Decreto Presidencial No. 3.097, publicado en Gaceta Oficial  No.6333 de fecha 8 de octubre del presente año, se autoriza, a partir del 1 de noviembre de 2017, la Prórroga de la Validez de los Pasaportes Venezolanos por un período de dos (2) años; y de acuerdo a la Resolución Conjunta de los Ministerios del Poder Popular para Relaciones Exteriores y de Relaciones Interiores, Justicia y Paz,  publicada en Gaceta Oficial Nro. 41.255 de fecha 11 de octubre de 20178,  Artículo 2, se dictan los lineamientos para dicha prorroga:

REQUISITOS:

  • • El pasaporte biométrico venezolano debe estar vencido o pronto a vencerse (con seis meses antes de la fecha de vencimiento).
  • • Solo se podrá prorrogar el Pasaporte Biométrico (con chip integrado), en buen estado y que cuente al menos con dos (2) hojas disponibles. Las mencionadas condiciones deben ser verificadas por el usuario antes de solicitar la prórroga y por la Misión Diplomática antes de estampar la filmina de la prórroga en el pasaporte. En caso de no cumplir con dichas condiciones no se estampará la prórroga. No se prorrogarán los pasaportes de plantilla o electrónicos.
  • • Se requerirá la Partida de Nacimiento en caso de niñas, niños y adolescentes, menores de 9 años de edad y mayores de 9 años debidamente cedulado. El trámite de prórroga para niño, niña y adolescente, menores de 18 años, están exentos del pago del arancel consular.
  • • En caso de ciudadano venezolano naturalizado presentar la Gaceta Oficial correspondiente.
  • • Pagar en línea al SAIME el importe correspondiente al trámite de la prórroga.
  • • Cancelación de los aranceles consulares correspondientes a la actuación de prórroga, a realizarse en la sede de esta Embajada.
  • • El trámite de la prórroga del pasaporte debe realizarse a través de la página web de Saime, (saime.gob.ve) en horario comprendido desde las 04:30 a.m. hasta 04:00 p.m. (hora local japonesa).

PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LA PRÓRROGA DEL PASAPORTE BIOMÉTRICO:

  • • El usuario debe acceder a la página web del SAIME.
  • • Iniciar sesión con su usuario y contraseña.
  • • Acceder a la pestaña “Pasaporte” y seleccionar la opción “Obtención de Prórroga de Pasaporte Electrónico en el Extranjero.
  • • Llenar los datos que solicita el organismo.
  • • Indicar la sede diplomática/consular donde el usuario desea que le envíen la filmina de la prórroga. En el caso de ser residente en Japón deberá indicar Tokio.
  • • Realizar el pago en línea al SAIME, del importe correspondiente al trámite por un costo de doscientos dólares americanos (USD$ 200,00), mediante Tarjeta de Crédito internacional. Imprimir comprobante de pago.
  • • El Sistema Saime notificará al usuario mediante correo electrónico, que la filmina de la prórroga se encuentra disponible en esta Embajada para ser estampada en el pasaporte.
  • • El usuario al recibir el correo electrónico deberá comunicarse telefónicamente con esta Misión diplomática, en horas de la mañana, o por correo electrónico, a fin de confirmar la recepción de la filmina, así como también fijar la fecha para proceder estampar la prórroga en el pasaporte correspondiente.
  • • Previa la comprobación de las condiciones del pasaporte por parte de la Sección Consular de esta Embajada, el usuario deberá proceder a realizar el pago del arancel consular (costo) de ciento veinte dólares americanos (USD 120,00) 
  • • Por último el usuario deberá presentarse a esta Embajada, Sección Consular, con los siguientes documentos: Pasaporte biométrico, comprobante de pago en línea al Saime, el comprobante bancario del pago por concepto de aranceles consulares, la Gaceta Oficial cuando correspondan, los fines de proceder a realizar el estampado de la filmina de la prórroga en el pasaporte.
 CASOS DE CIUDADANOS CON RENOVACIÓN DE PASAPORTES EN TRÁMITE
  • • Los ciudadanos que hayan realizado el trámite de solicitud de renovación de pasaporte y se encuentran en espera de la impresión de un nuevo pasaporte, al iniciar sesión y seleccionar el trámite de una Prórroga, revertirá de manera automática el proceso de renovación. En caso de no poder revertir el proceso, el usuario deberá informar a esta Misión dicha situación, suministrando el nombre y apellido, número de Cédula de Identidad y Pasaporte, a los fines de  tramitar ante SAIME la reversión del proceso de renovación.
  • •  El usuario que haya cancelado, el arancel consular por concepto de renovación de pasaporte no deberá cancelar el arancel por concepto de prórroga.
  • •  Los usuarios que solicitaron la renovación del pasaporte por motivos de robo o extravío, no podrán optar al mecanismo de Prórroga de Pasaporte, lo que tendrán que esperar por la emisión de una nueva libreta de pasaporte.
CASOS EN LOS QUE NO PROCEDERÁ LA PRÓRROGA DE PASAPORTES
  • • Los ciudadanos que posean pasaporte de plantilla o electrónico.
  • • Los ciudadanos que no posean páginas disponibles en sus pasaportes o estén deteriorados.
  • • Los ciudadanos que hayan perdido o extraviado su pasaporte biométrico (chip integrado).
  • • Los venezolanos menores de edad no cedulados.
  • • Los ciudadanos que hayan solicitado el trámite de renovación y se encuentren en chequeo dactiloscópicos “ NO Aprobados”.

Amigos de la Embajada

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